Resumen Brevia
La diputada Karina Olivas Parra presentó una iniciativa para incorporar el delito de acecho al Código Penal de Baja California Sur. La propuesta, denominada “Ley Valeria”, plantea sancionar patrones de persecución, vigilancia o contacto insistente, tanto físicos como digitales, que afecten la vida, tranquilidad o seguridad de una persona. El delito requeriría dos o más actos sin consentimiento y con fines de intimidación, coacción o control. La pena propuesta es de seis meses a dos años de prisión y hasta mil 500 días multa. El resumen consultado no informa que la reforma haya sido aprobada o esté vigente.
La iniciativa busca proteger a las personas frente a conductas reiteradas de persecución y vigilancia, tanto físicas como digitales, antes de que escalen a una agresión física.
La diputada Karina Olivas Parra presentó una iniciativa para incorporar el delito de acecho al Código Penal de Baja California Sur, con el propósito de ofrecer una respuesta legal a quienes enfrentan persecución, vigilancia o contacto insistente que afecte seriamente su tranquilidad, libertad y seguridad.
De acuerdo con el resumen ejecutivo del dictamen, la propuesta fue presentada el 16 de abril de 2026. Denominada “Ley Valeria”, busca atender el vacío jurídico que puede dejar sin protección a las víctimas cuando estas conductas aún no constituyen lesiones u otra agresión física.
Con esta iniciativa, Olivas Parra coloca en la agenda legislativa la necesidad de reconocer las consecuencias del acecho en la vida cotidiana. La propuesta toma como referencia el caso de Valeria Macías, maestra de Monterrey que, según el documento, enfrentó durante más de cinco años persecución, amenazas y acoso digital por parte de un exalumno.
El dictamen plantea que el delito se configure cuando existan dos o más actos sin consentimiento, dirigidos específicamente contra una persona, con fines de intimidación, coacción o control, y que produzcan una afectación relevante en su vida, tranquilidad o seguridad.
Entre las conductas previstas se encuentran seguir, espiar, buscar contacto reiteradamente por cualquier medio y utilizar herramientas de rastreo o geolocalización. La afectación podría reflejarse en cambios significativos de rutinas, horarios, domicilio, trabajo o actividades de estudio.
La pena propuesta es de seis meses a dos años de prisión y hasta mil 500 días multa. El proyecto contempla incrementos de hasta dos terceras partes en determinados supuestos, como condiciones de vulnerabilidad de la víctima, incumplimiento de órdenes de protección o contextos de violencia de género.
El trabajo legislativo iniciado por Olivas Parra se complementa con precisiones de la comisión dictaminadora para evitar que se criminalicen hechos aislados o ambiguos. También se prevén salvaguardas para el ejercicio legítimo del periodismo, la libertad de expresión, la investigación académica y la defensa de los derechos humanos.
La propuesta busca establecer herramientas de protección frente a patrones de acecho, con requisitos específicos para su sanción. El resumen consultado describe una reforma propuesta; no informa de su aprobación ni de su entrada en vigor.